
Si, así como se lee. Este es el nuevo brillante consejo del Presidente de la República Alvaro Colom, al pueblo de Guatemala, luego de las constantes críticas y acusaciones de contubernio con el ex-presidente Alfonso Portillo, quien saliera libre mediante el pago de una caución ecónomica de un millón de Quetzales.
Las críticas se producen luego de la cuestionabilidad del otorgamiento de una medida sustitutiva en lugar de la Prisión Provisional. Y es que el juez a cargo del proceso, Julio Jerónimo Xitimul planteó el reto el 8 de octubre: "Quien no esté de acuerdo, que apele". Algunos juristas en cambio aducen que el otorgamiento de la medida sustitutiva es ilegal, ya que el artículo 264 del Código Procesal Penal dice: "siempre que el peligro de fuga o de obstaculización para la averiguación de la verdad pueda ser razonablemente evitado por aplicación de otra medida menos grave para el imputado, el juez o tribunal competente, podrá imponerle alguna o varias de las medidas siguientes"...
El Peligro de fuga al que se refiere este artículo, está claramente determinado en el artículo 262 del mismo Código: "Para decidir acerca del peligro de fuga se tendrán en cuenta, especialmente, las siguientes circunstancias: 1) Arraigo en el país, determinado por el domicilio, residencia habitual, asiento de la familia, de sus negocios o trabajo, y las facilidades para abandonar definitivamente el país o permanecer oculto"
Es oportuno detenernos un momento en este inciso. El araigo en el país se determina por el domicilio, es decir, el lugar que señala la persona voluntariamente ante la ley, para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. En este caso vale decir, el departamento en cuyo municipio se ha obtenido la Cédula de Vecindad. ¿La residencia habitual de Portillo? México, al menos los últimos cinco años posteriores al término de su mandato. ¿El asiento de la familia? México. ¿Su trabajo? México. ¿Las facilidades para abandonar definitivamente el país? Valga decir que recién vino de.... si, ¡de México! ¿Facilidad de permanecer oculto? ¡Vaya si no es fácil en Guatemala!
Sigue diciendo el artículo 262: "...3) la importancia del daño resarcible y la actitud que el sindicado o imputado adopta voluntariamente frente a él"
¿El daño resarcible? Al menos en este caso: 120 millones de Quetzales. ¿Importante no?
Dice además el artículo en referencia: "El comportamiento del sindicado o imputado ante el procedimiento o en otro procedimiento anterior, en la medida en que indique su voluntad de someterse a la persecusión penal"
Demás está recordar la actitud de Portillo en el caso del asesinato de dos personas en Chilpancingo, Estado de Guerrero, México, cuando retornó a Guatemala tras haber sido sindicado de la muerte de dos estudiantes, hasta que prescribió el delito. Pero en el caso por el que hoy se le acusa en Guatemala, si bien es cierto que cuando salió del país aún no se había girado orden de captura en su contra, también lo es que al conocer del procedimiento instruido, optó por retardarlo mediante acciones legales y no de someterse al mismo.
Así que, la Prensa y los ciudadanos guatemaltecos cuestionan la decisión judicial, con todo el derecho otorgado por la Constitución Política de la República, en el artículo 154, que dice: "Función Pública; sujeción a la Ley. Los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la ley y jamás superiores a ella. Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de Partido Político alguno". Así como el artículo 152: "Poder Público. El Poder proviene del pueblo. Su ejercicio está sujeto a las limitaciones señaladas por esta Constitución y la Ley".
Así que, no solo es un derecho ciudadano, sino también un DEBER MORAL de cada uno, fiscalizar y cuestionar el ejercicio del Poder Público. Pero, tal parece que al Presidente Colom no le parece la idea, así que el 14 de Octubre del presente año, lanza el siguiente mensaje al pueblo de Guatemala: "No estoy de acuerdo, es ir en contra de jueces y magistrados. La mejor forma de hacer justicia es respetando el sistema de la Corte Suprema de Justicia, esté bien o esté mal, esté como esté. Es lo que tenemos y yo creo que meterse a jugar de jueces a condenar o a perdonar, es ir en contra de los intereses de Guatemala".
Así que para Colom, no es correcto cuestionar las decisiones del Poder Público. Es ir en contra del sistema. De ese sistema que permite que un criminal entre un día a la cárcel y salir al día siguiente; del sistema que permite que de cada 100 casos criminales, solo uno sea juzgado y condenado; del sistema que permite que miles de millones de Quetzales del erario público, termine en los bolsillos de funcionarios de gobierno y en cuentas bancarias en Panamá; del sistema que permite que el narcotráfico sea dueño de Guatemala. Cuestionar es ir en contra del sistema, no importa como esté, dice. Muera el deber moral de superar y mejorar. ¡Viva la mediocridad! Es lo que tenemos, es bueno esté como esté. ¡Vaya consejo de un Presidente!
No obstante el comentario anterior, Colom agrega, que los medios de comunicación que cuestionan estas decisiones judiciales, incurren en delito de Desacato: "El que se opone a las decisiones que toma un tribunal, cae en desacato; por lo menos hay dos artículos en dos medios de comunicación donde hay un desacato flagrante"·
Para Colom, el trabajo de la prensa al cuestionar la decisión judicial, ofendería el decoro y la dignidad de los señores Jueces. Así que amenaza a la Prensa nacional con una figura delictiva que... ¡ya no existe! Así es, no existe desde el 1 de febrero de 2006, cuando fue declarado INCONSTITUCIONAL, porque viola el derecho a la Libertad de Expresión, consagrado en la Constitución Política de la República, la cual, el mismo Alvaro Colom está obligado a respetar y cumplir. Ese fue su juramento al asumir la Presidencia. Pero no solo desconoce el contenido de la Carta Magna, sino que también se atreve a amenazar, con normas no vigentes.
Así que ese consejo que nos da -o amenaza- a los ciudadanos, de no cuestionar, es solo una manifestación al mejor estilo de Chávez, de querer silenciar arbitrariamente la opinión pública y a la prensa nacional. Nuestro deber cívico es hacer cumplir la ley y cuestionar a los jueces cuyas decisiones no se apeguen conforme a Derecho. Lo mismo aplica para el Presidente de la República. Ningún funcionario es superior a la Ley. Vale la pena recordarlo.